El Tribunal Supremo anula el dragado del Guadalquivir

El Tribunal Supremo confirma de esta manera los argumentos de WWF, concluyendo que el dragado perjudicaría claramente al estuario y a Doñana y que va en contra de los objetivos de la Directiva Marco del Agua. Por ello también declara la nulidad de las referencias al dragado como medida del Plan hidrológico del Guadalquivir.

WWF recurrió en 2013 el Plan Hidrológico del Guadalquivir por incluir el dragado de profundización del estuario promovido por la Autoridad Portuaria de Sevilla. Ahora, el Tribunal Supremo ha fallado a favor de WWF y de Doñana, declarando nulos los artículos del Plan, aprobado por Real Decreto en mayo de 2013, que incluyen el dragado del Guadalquivir. Teniendo en cuenta que, como recuerda el Alto Tribunal, cualquier actuación sobre el Dominio Público Hidráulico debe incluirse en un Plan Hidrológico, esto supondría la nulidad del dragado de profundización.

El Tribunal considera que el dragado no tiene cabida en el Plan Hidrológico porque contradice los objetivos de mantener en buen estado el Guadalquivir. La sentencia afirma que “Los riesgos que comporta la actuación del dragado del canal, cuya necesidad no aparece explicada ni justificada en el plan, se ponen de manifiesto en la denominada “propuesta metodológica para diagnosticar y pronosticar las consecuencias de las actuaciones humanas en el estuario del Guadalquivir”, realizado por el Centro Superior de Investigaciones Científicas, que consta en el expediente administrativo, y en el Dictamen de la Comisión Científica”.

El Tribunal Supremo considera por tanto probadas las afecciones del dragado sobre el Guadalquivir y sobre Doñana y recoge específicamente las conclusiones de la Comisión Científica que determinan que el dragado de profundización no puede hacerse en la situación actual y que es necesario que “se ponga en marcha una gestión integral del estuario y se acometan actuaciones que permitan, entre otros, recuperar llanuras mareales, reconectar los brazos del río con el cauce principal, aumentar y mejorar los aportes de caudales de agua dulce, reducir el aporte de sedimentos, nutrientes y pesticidas desde la cuenca del Guadalquivir”.

Recuerda igualmente la afirmación de los científicos de que “en la situación actual el dragado de profundización se ha demostrado incompatible con la conservación del estuario y por lo tanto de Doñana, recomendamos que se desestime definitivamente el dragado de profundización y que de mantener la Autoridad Portuaria de Sevilla su voluntad de realizar dicho dragado, inicie un nuevo procedimiento de EIA una vez las condiciones en el estuario hayan mejorado”.

Juan Carlos del Olmo, Secretario General de WWF, ha declarado “Con esta sentencia del Tribunal Supremo hay argumentos de sobra para que la Ministra Tejerina revoque la Declaración de Impacto Ambiental del dragado del Guadalquivir”. Y ha añadido, “Reclamamos al MAGRAMA que deje las ambigüedades y defienda Doñana”.

Eva Hernández | WWF

 

 

 

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